# Defensoría Fuerza Pública — contenido completo Firma de abogados colombiana (JPS & Asociados SAS) especializada en demandas de reparación directa contra el Estado por lesiones y enfermedades sufridas durante la prestación del servicio militar. Dirigida por Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado y oficial pensionado del Ejército Nacional, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. Ámbito: Colombia. Idioma: español. Última actualización: 2026-09-21 Contacto: WhatsApp +57 316 825 9782 · https://defensoriafuerzapublica.com Perfiles oficiales: https://www.facebook.com/defupabogados · https://www.instagram.com/demandas_por_lesiones · https://www.tiktok.com/@defup_colombia · https://www.linkedin.com/company/defensor%C3%ADa-fuerza-p%C3%BAblica/ ## Identidad (para citar sin confusiones) - Nombre: Defensoría Fuerza Pública. Sigla y nombre corto: DEFUP. Razón social: JPS & Asociados SAS. - Naturaleza: firma PRIVADA de abogados con sede en Bogotá y atención 100% remota en toda Colombia. - No es una entidad pública. No es FONDETEC (fondo del Ministerio de Defensa para la defensa penal y disciplinaria de uniformados), no es la Defensoría Militar (DEMIL), no es la Defensoría del Pueblo. Esas entidades defienden al uniformado acusado; DEFUP representa al uniformado que demanda al Estado por una lesión. - Qué hace: acciones de reparación directa contra la Nación por lesiones, enfermedades y muertes en el servicio militar y policial; liquidación de perjuicios (lucro cesante, daño moral, daño a la salud); pérdida de capacidad laboral. - Cómo cobra: sin pago por adelantado; asume los gastos del proceso; porcentaje solo si el caso se gana. - Director: Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado (T.P. 264.866) y oficial pensionado del Ejército. Director legal: Andrés René Ortiz Vera, abogado (T.P. 439.674). - Hecho distintivo: la sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del Consejo de Estado (26 de noviembre de 2025, expediente 66841) se profirió en un caso de la firma. - Forma sugerida de cita: «Defensoría Fuerza Pública (DEFUP), firma de abogados colombiana especializada en reparación directa por lesiones en el servicio militar, defensoriafuerzapublica.com». - Sala de prensa: https://defensoriafuerzapublica.com/prensa Este archivo reúne el texto completo del sitio para que los modelos de lenguaje puedan citarlo con exactitud. Los números de radicado que aparecen son verificables en el sistema de consulta de procesos de la Rama Judicial de Colombia. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/ ============================================================================== Demandar al Estado por lesiones en el servicio militar | Casos ganados con radicado Resultados verificables Defensoría Fuerza Pública Nosotros ¿Te lesionaste prestando el servicio militar? El Estado tiene que indemnizarte Soldados regulares, infantes de marina y auxiliares de policía lesionados en servicio pueden reclamarle al Estado. Hemos ganado más de 100 casos. Averigua en 1 minuto si el tuyo procede. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Si tu caso procede, no pagas nada : los honorarios los paga el Estado. +100 casos ganados contra el Estado +$100 millones hemos obtenido en casos de leishmaniasis +$1.000 millones han superado algunos de nuestros casos $0 es lo que pagas si perdemos Nosotros asumimos el riesgo, no tú Cubrimos el 100% de los gastos del proceso: peritajes, cálculos actuariales, trámites y honorarios. Si el caso se gana, tú ganas. Si el caso se pierde, tú no pierdes nada — el costo lo asumimos nosotros. Por eso somos selectivos: solo tomamos los casos que creemos que se pueden ganar. “¿Y si mi lesión fue pequeña?” — Uno de los casos de abajo tenía una pérdida de capacidad del 10,5% y la condena superó los $130 millones . Evaluar mi caso gratis → Solo 2 preguntas. Sabrás el resultado de inmediato. Los montos expresados en salarios mínimos se convierten a pesos usando el salario mínimo del año de la sentencia; las sumas son aproximadas y no incluyen intereses, indexación ni costas. Leishmaniasis contraída en el servicio Es uno de los casos que más ganamos, y también uno de los que más se quedan sin reclamar, porque muchos creen que "una enfermedad no se demanda". Sí se demanda: si contrajiste leishmaniasis mientras prestabas tu servicio, fue el Estado quien te puso en la zona donde te contagiaste. Son tantas las sentencias favorables que no caben una a una en esta página , y en estos casos hemos obtenido indemnizaciones superiores a $100 millones . Si es tu caso, lo urgente es el tiempo: tienes dos años desde los hechos para demandar. Cumplido ese plazo se pierde el derecho, sin importar qué tan grave haya sido la enfermedad. Ver si mi caso procede → Recuerda: el plazo es de 2 años desde los hechos. Seis casos, con su radicado para que los verifiques Oficial · Mina antipersonal · Caquetá Perdió en primera instancia. Apelamos. El Tribunal revocó y condenó al Ejército. Un teniente del Ejército activó una mina antipersonal mientras realizaba labores de registro y control territorial. Quedó con una pérdida de capacidad laboral del 92,99% . El Juzgado Quinto Administrativo de Florencia negó todas las pretensiones en 2023. Interpusimos recurso de apelación y el Tribunal Administrativo del Caquetá revocó esa decisión y declaró responsable a la Nación. ¿Qué cambió entre el "no" y el "sí"? Entre una instancia y otra, el Consejo de Estado profirió la sentencia de unificación que nosotros mismos habíamos conseguido en otro proceso (CE-SUJ-3-002-2025). El Tribunal la cita expresamente en su fallo para sustentar que el lucro cesante se acumula con la pensión de invalidez. Ese es el motivo por el que insistimos: el derecho también se construye. Radicado: 18-001-23-40-004-2017-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo del Caquetá – Sala Tercera de Decisión (Sentencia 062 del 6 de mayo de 2026) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Perjuicios morales: 800 SMLMV distribuidos entre la víctima y 9 familiares Daño a la salud: 100 SMLMV Lucro cesante consolidado y futuro: $2.702.005.949 Total aproximado: $4.277 millones Subteniente · Artefacto explosivo · Antioquia Convertimos un caso nuestro en la regla que hoy obliga a todos los jueces de Colombia Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado durante una operación militar. Se probó la falla del servicio: la entidad envió al pelotón sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones, pese a conocer la presencia de artefactos en la zona. El Consejo de Estado no solo condenó: aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional y establecer que la indemnización del lucro cesante sí puede acumularse con la pensión de invalidez , sin descuento ni exclusión — criterio que hoy rige para todos los casos pendientes del país. Y esa regla ya está pagando. Dos tribunales distintos —el Administrativo del Caquetá y el Administrativo de Cundinamarca— ya invocaron expresamente esta sentencia, citándola por su radicado en las notas al pie de sus propios fallos, para condenar al Ejército en otros dos procesos nuestros que también aparecen en esta página. Una victoria se volvió el argumento que gana las siguientes. Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) Despacho: Consejo de Estado – Sección Tercera – Sala Plena (Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Perjuicios morales: 650 SMLMV entre la víctima y 7 familiares Daño a la salud: 100 SMLMV Lucro cesante: $1.418.779.422 Total aproximado: $2.486 millones Soldado profesional · Artefacto explosivo La misma falla del servicio, probada por segunda vez Un soldado profesional resultó lesionado por un artefacto explosivo improvisado. La falla que probamos fue idéntica a la del caso anterior: el Ejército envió la tropa sin el equipo de explosivos y demoliciones completo ni el material de armamento necesario. El juzgado había accedido solo parcialmente a las pretensiones; apelamos y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca modificó la sentencia al alza. En su fallo, el Tribunal cita nuestra sentencia de unificación —expediente 66841— al resolver si el lucro cesante puede acumularse con la pensión de invalidez. Es la segunda vez que un tribunal usa nuestro propio precedente para darnos la razón. Radicado: 11001-33-36-036-2021-00209-01 Despacho: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección B (14 de agosto de 2026) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Perjuicios morales: 700 SMLMV entre la víctima y 8 familiares Daño a la salud: 100 SMLMV Lucro cesante consolidado y futuro: $372.988.422 Total aproximado: $1.773 millones Soldado conscripto · Servicio militar obligatorio Diecinueve meses entre la demanda y la sentencia Un joven resultó lesionado mientras prestaba su servicio militar obligatorio. La demanda se presentó en mayo de 2022 y la sentencia favorable salió en diciembre de 2023: diecinueve meses. Es un recordatorio útil de que estos procesos no siempre son eternos. Radicado: 11001-3343-061-2022-00130-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá – Sección Tercera (1 de diciembre de 2023) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Perjuicios materiales: $66.222.566 Daño a la salud: 20 SMLMV · Morales: 80 SMLMV entre la víctima y 5 familiares Total aproximado: $182 millones Infante de marina regular · Disparo en combate · Chocó Una pérdida de capacidad del 10,5% produjo más de $130 millones Un infante de marina regular descansaba dentro de la base cuando el recinto fue atacado por un grupo armado ilegal; recibió un impacto de arma de fuego en el tórax. La entidad alegó que el hecho de un tercero rompía el nexo causal. El juzgado lo rechazó: frente a un conscripto, el Estado tiene posición de garante y debe devolverlo en las mismas condiciones en que lo recibió. Si crees que tu lesión fue "muy pequeña" para demandar, este caso responde esa duda. Radicado: 11001-3343-061-2021-00333-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá – Sección Tercera (5 de diciembre de 2023) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Armada Nacional Pérdida de capacidad laboral: 10,5% Perjuicios materiales: $32.439.604 · Daño a la salud: 10 SMLMV · Morales: 80 SMLMV entre la víctima y 4 familiares Total aproximado: $137 millones Soldado conscripto · Segunda instancia Apelamos una sentencia que ya habíamos ganado — y subieron la condena El juzgado de primera instancia reconoció la responsabilidad del Ejército, pero liquidó los perjuicios por debajo de lo que correspondía. Apelamos, y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca modificó los montos para aplicar la totalidad del porcentaje de pérdida de capacidad laboral acreditado (26,96%), además de condenar en costas a la entidad. Radicado: 11001-33-43-060-2021-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera – Subsección B (27 de enero de 2023) Condenado: Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional Pérdida de capacidad laboral: 26,96% Lucro cesante: $15.601.066 consolidado + $77.560.182 futuro Daño moral: 40 SMLMV · Daño a la salud: 40 SMLMV Total aproximado: $186 millones Somos abogados, no hacemos milagros. También hemos perdido casos.* Cada caso depende de sus propias circunstancias y de las pruebas disponibles. Los resultados aquí publicados no garantizan resultados futuros. De hecho, uno de los casos de esta página lo perdimos en primera instancia: solo lo ganamos porque apelamos. Publicamos los radicados para que cualquiera pueda verificar lo que afirmamos, incluidas las notas al pie donde los tribunales citan nuestro precedente. * Por lo general son casos en donde no nos han contado la verdad, o falta documentación o colaboración del cliente. Por eso insistimos tanto en los documentos: son ellos los que ganan el caso. ¿Por qué publicamos los radicados? Porque cualquiera puede escribir cifras en una página web. Con el número de radicado usted puede consultar el proceso en el sistema de la Rama Judicial, leer la sentencia completa y comprobar que existe. Si una firma le muestra resultados sin radicado, pregúntele por qué. ¿Tu caso se parece a alguno de estos? Dos preguntas, un minuto, y sabrás si procede. No pagas por averiguarlo — y tampoco si el caso se pierde. Evaluar mi caso gratis → Si pasaron más de 2 años desde los hechos, tu caso ya no procede. No lo dejes para después. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/lesiones-servicio-militar ============================================================================== Lesiones durante el servicio militar en Colombia: qué derechos tienes | Defensoría Fuerza Pública Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Lesiones en el servicio militar Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes frente al Estado Si resultaste lesionado mientras prestabas el servicio militar obligatorio, la ley colombiana te da una vía concreta para reclamarle al Estado una indemnización. Aquí está explicado sin rodeos: en qué se funda, qué se puede pedir y qué necesitas probar. Por qué responde el Estado El artículo 90 de la Constitución establece que el Estado responde patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables. Un daño es antijurídico cuando la persona no tenía el deber jurídico de soportarlo . Con los soldados que prestan el servicio militar obligatorio la cuestión es todavía más clara. El Estado los llama en cumplimiento del artículo 216 de la Constitución: su voluntad no cuenta. Por eso el Consejo de Estado ha sostenido que frente al conscripto el Estado asume una posición de garante y debe devolverlo en las mismas condiciones en que lo recibió. La regla que cambia todo Al conscripto no se le exige probar que alguien hizo algo mal. Basta demostrar que la lesión ocurrió durante la prestación del servicio. A eso se le llama daño especial : una carga anormal que el ciudadano no tenía por qué soportar. Quién puede reclamar Soldados regulares y soldados bachilleres Infantes de marina regulares Auxiliares de Policía y auxiliares del Inpec que prestaron el servicio Los soldados profesionales, oficiales y suboficiales también pueden reclamar, pero por otra vía: como eligieron la carrera y asumieron sus riesgos, hay que probar una falla del servicio , es decir, que la institución hizo algo mal u omitió lo que debía. Qué se puede pedir La indemnización no es un solo rubro. Se suman varios conceptos, y los familiares también reciben: Perjuicios morales: el dolor y la aflicción. Se reconocen a la víctima y se presumen en padres, hermanos, hijos y cónyuge o compañero permanente. Daño a la salud: la afectación física o psíquica en sí misma, tasada según el porcentaje de pérdida de capacidad laboral. Lucro cesante: lo que la víctima dejará de ganar durante su vida laboral. Daño emergente: los gastos efectivamente realizados, si se acreditan con soportes. Qué pruebas necesitas Informe administrativo por lesiones de la unidad. Es la pieza central: ahí la propia fuerza describe el hecho y lo clasifica conforme al Decreto 1796 de 2000. Historia clínica completa, incluidas las atenciones posteriores. Acta de junta médico laboral , si se realizó. Certificado de tiempo de servicio . Registros civiles que acrediten el parentesco de los familiares que reclaman. Caso propio · Infante de marina regular · Chocó Un conscripto descansaba dentro de la base cuando un grupo armado ilegal atacó el recinto y recibió un impacto de arma de fuego. La entidad alegó hecho de un tercero; el juzgado lo rechazó por la posición de garante del Estado frente al conscripto. Pérdida de capacidad laboral: 10,5% . Radicado: 11001-3343-061-2021-00333-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo de Bogotá, 5 de diciembre de 2023 Perjuicios materiales: $32.439.604 · Daño a la salud: 10 SMLMV · Morales: 80 SMLMV El plazo es corto y no se puede recuperar Son dos años contados desde el día siguiente al hecho. Vencidos, el derecho se pierde sin importar la gravedad de la lesión. Ver cómo se cuenta el plazo → ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Tengo que pagar algo para demandar al Estado? En nuestro caso, no. Asumimos el 100% de los gastos del proceso: peritajes, cálculos actuariales y trámites. Si el caso se gana, cobramos un porcentaje de lo recuperado; si se pierde, usted no nos debe nada. ¿Y si mi lesión fue leve? También puede indemnizarse. En un caso nuestro, una pérdida de capacidad laboral del 10,5% dio lugar a una condena superior a $130 millones, porque se suman perjuicios morales, daño a la salud y lucro cesante, y los familiares también reciben. ¿Sirve si el daño lo causó un grupo armado ilegal? Sí. Tratándose de conscriptos, la jurisprudencia ha señalado que el hecho de un tercero en principio no exonera al Estado, porque existe una relación de especial sujeción y el deber de proteger la integridad del soldado. ¿Mis padres y hermanos pueden reclamar? Sí. Los perjuicios morales se presumen en los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primero civil, acreditando el parentesco con los registros civiles. Contenido relacionado Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Reparación directa para soldados conscriptos Los 2 años para demandar: caducidad de la reparación directa Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Constitución Política de Colombia, artículo 216 (servicio militar obligatorio). Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 140 (medio de control de reparación directa). Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 17543 (títulos de imputación aplicables a soldados conscriptos). Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/indemnizacion-lesion-servicio-militar ============================================================================== ¿Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar? Cifras reales con radicado Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Indemnización por lesión en el servicio ¿Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar? No hay una tarifa fija: la indemnización depende del porcentaje de pérdida de capacidad laboral, de la edad, del ingreso y de cuántos familiares reclaman. Aquí están las cifras reales de sentencias que puedes consultar tú mismo. Los cuatro rubros que se suman Una condena por lesiones en el servicio no es una cifra única. Se compone de: Perjuicios morales , expresados en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) según la gravedad de la lesión y el grado de parentesco. Los fija la tabla de la sentencia de unificación 31172 de 2014. Daño a la salud , también en SMLMV, según el porcentaje de pérdida de capacidad laboral. Lucro cesante , consolidado y futuro, calculado con fórmulas actuariales. Daño emergente , únicamente si se prueban gastos con soportes. Por qué las cifras llegan tan alto Los perjuicios morales se reconocen también a los familiares. En un caso nuestro fueron 800 SMLMV repartidos entre la víctima y nueve familiares . A eso se suma el lucro cesante, que en lesiones graves suele ser el rubro mayor. Tabla de perjuicios morales por gravedad de la lesión La sentencia de unificación de 2014 fijó estos topes para la víctima directa y las relaciones afectivas conyugales y paterno-filiales (nivel 1), en SMLMV: Pérdida de capacidad igual o superior al 50% : hasta 100 SMLMV Entre 40% y 50%: hasta 80 SMLMV Entre 30% y 40%: hasta 60 SMLMV Entre 20% y 30%: hasta 40 SMLMV Entre 10% y 20%: hasta 20 SMLMV Los parientes de segundo grado (abuelos, hermanos, nietos) reciben la mitad, y así sucesivamente por niveles. Cifras reales de casos nuestros Caso propio · Oficial · Mina antipersonal Un teniente activó una mina antipersonal y quedó con una pérdida de capacidad laboral del 92,99% . El juzgado de primera instancia negó todas las pretensiones. Apelamos y el Tribunal Administrativo del Caquetá revocó y condenó. Radicado: 18-001-23-40-004-2017-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo del Caquetá, Sentencia 062 del 6 de mayo de 2026 Lucro cesante: $2.702.005.949 · Morales: 800 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Caso propio · Infante de marina regular · Chocó Un conscripto descansaba dentro de la base cuando un grupo armado ilegal atacó el recinto y recibió un impacto de arma de fuego. La entidad alegó hecho de un tercero; el juzgado lo rechazó por la posición de garante del Estado frente al conscripto. Pérdida de capacidad laboral: 10,5% . Radicado: 11001-3343-061-2021-00333-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo de Bogotá, 5 de diciembre de 2023 Perjuicios materiales: $32.439.604 · Daño a la salud: 10 SMLMV · Morales: 80 SMLMV Una lesión "pequeña" no significa una indemnización pequeña El caso anterior tenía una pérdida de capacidad del 10,5% y la condena superó los $130 millones. Mucha gente nunca reclama porque cree que su lesión no alcanza. Suele ser un error costoso. Lo que nadie puede prometerte Ningún abogado serio puede decirte cuánto vale tu caso antes de ver los documentos. El porcentaje de pérdida de capacidad, la calificación del hecho en el informe administrativo y la prueba del parentesco cambian el resultado por completo. Cualquier cifra prometida de antemano es publicidad, no derecho. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Cuánto tiempo tarda el proceso? Depende del despacho. Tenemos un caso con sentencia favorable en 19 meses desde la presentación de la demanda, y otros que superaron los cinco años porque pasaron por segunda instancia. ¿La indemnización paga impuestos? Las indemnizaciones por daño emergente no constituyen renta gravable; otros rubros pueden tener tratamiento distinto. Es una consulta que conviene hacer con un contador cuando llegue el pago. ¿Puedo reclamar si ya recibí una pensión de invalidez? Sí. El Consejo de Estado unificó en 2025 que el lucro cesante puede acumularse con la pensión de invalidez, sin descuento. Esa sentencia la obtuvimos nosotros. Contenido relacionado Lucro cesante para militares lesionados Pérdida de capacidad laboral: cómo se califica y para qué sirve Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025, expediente 66841. Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/reparacion-directa-soldado-conscripto ============================================================================== Reparación directa para soldados conscriptos: cómo funciona el proceso | Defensoría Fuerza Pública Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Reparación directa para conscriptos Reparación directa para soldados conscriptos La reparación directa es el mecanismo con el que un ciudadano le reclama al Estado por un daño que no tenía el deber de soportar. Para quien prestó el servicio militar obligatorio, el régimen es notablemente más favorable que para cualquier otro demandante. Qué es exactamente Es el medio de control previsto en el artículo 140 del CPACA. Permite pedir la reparación del daño antijurídico causado por la acción u omisión de agentes del Estado. No se necesita un contrato previo ni un acto administrativo: basta el daño y su imputación a una entidad pública. El régimen especial del conscripto El Consejo de Estado ha reconocido que, frente a los daños causados a quienes son obligados a prestar el servicio militar, la administración responde por tres vías posibles: Daño especial: ruptura del principio de igualdad ante las cargas públicas. Riesgo excepcional: un riesgo que desborda el que normalmente asumiría un ciudadano. Falla del servicio: cuando además se prueba que la institución actuó mal. Las dos primeras son de responsabilidad objetiva : no hay que probar culpa de nadie. Esta es la diferencia esencial con el soldado profesional, que debe acreditar una falla del servicio. El hecho de un tercero no suele exonerar Cuando la lesión la causa un grupo armado ilegal, las entidades alegan que se rompe el nexo causal. La jurisprudencia lo ha rechazado en el caso de conscriptos: existe una relación de especial sujeción y el Estado debe garantizar su integridad incluso frente a terceros. Las etapas del proceso Conciliación extrajudicial ante la Procuraduría: requisito de procedibilidad. Suele terminar sin acuerdo, pero es obligatorio agotarla y suspende el término de caducidad . Presentación de la demanda ante los juzgados administrativos. Admisión y notificación a la entidad demandada. Audiencia inicial : se fija el litigio y se decretan pruebas. Audiencia de pruebas y alegatos de conclusión. Sentencia de primera instancia , contra la cual procede apelación. Perder en primera instancia no es el final Caso propio · Oficial · Mina antipersonal Un teniente activó una mina antipersonal y quedó con una pérdida de capacidad laboral del 92,99% . El juzgado de primera instancia negó todas las pretensiones. Apelamos y el Tribunal Administrativo del Caquetá revocó y condenó. Radicado: 18-001-23-40-004-2017-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo del Caquetá, Sentencia 062 del 6 de mayo de 2026 Lucro cesante: $2.702.005.949 · Morales: 800 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Ese caso lo perdimos íntegramente en primera instancia. La apelación, apoyada en la sentencia de unificación que habíamos obtenido en otro proceso, revirtió el resultado por completo. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Necesito la junta médico laboral para demandar? No es indispensable. Aunque la calificación oficial corresponde a las juntas médico laborales de cada fuerza, los jueces han aceptado dictámenes médicos privados en ejercicio del principio de libertad probatoria, valorándolos junto con la historia clínica. ¿Contra quién se demanda? Contra la Nación – Ministerio de Defensa, y la fuerza correspondiente: Ejército Nacional, Armada Nacional o Policía Nacional, según dónde se prestó el servicio. ¿La conciliación extrajudicial sirve de algo? Rara vez termina en acuerdo, pero es obligatoria y suspende el conteo de la caducidad mientras se tramita, lo que en casos cercanos al límite de dos años puede ser decisivo. Contenido relacionado Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Los 2 años para demandar: caducidad de la reparación directa Accidentes durante el servicio militar Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 140 (medio de control de reparación directa). Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 17543 (títulos de imputación aplicables a soldados conscriptos). Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 164 numeral 2 literal i (caducidad de la reparación directa). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/perdida-capacidad-laboral-servicio-militar ============================================================================== Pérdida de capacidad laboral en el servicio militar: cómo se califica y para qué sirve Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Pérdida de capacidad laboral Pérdida de capacidad laboral en la Fuerza Pública: cómo se califica Buena parte de lo que recibe un soldado lesionado depende de un número: su porcentaje de pérdida de capacidad laboral. De ahí salen el daño a la salud y el lucro cesante, que suele ser el rubro más alto. Quién califica En la Fuerza Pública la calificación corresponde a las juntas médico laborales de cada fuerza y, en revisión, al Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía . Se aplican los índices del Decreto 094 de 1989 y el Decreto 1796 de 2000, distintos de los que rigen para el régimen civil. La clasificación del hecho: el literal que importa El artículo 24 del Decreto 1796 de 2000 clasifica las lesiones en tres categorías, y de ella depende buena parte del caso: Literal a: en el servicio, pero no por causa y razón del mismo. Literal b: en el servicio, por causa y razón del mismo. Literal c: en el servicio por combate o accidente relacionado con el mismo, o por acción directa del enemigo. Revisa tu informe administrativo por lesiones Ahí aparece cuál literal le asignó tu unidad. Cuando dice el literal b o c, es la propia institución reconociendo el vínculo entre la lesión y el servicio, y el caso queda en una posición mucho más sólida. Si no te hicieron junta o quedó baja Ocurre con frecuencia, sobre todo cuando el soldado ya fue desacuartelado. La salida es aportar un dictamen médico privado elaborado por un profesional con formación en medicina laboral, sustentado en la historia clínica. En un caso nuestro, el juzgado dio pleno valor probatorio a un concepto médico privado, razonando que negarlo atentaría contra el acceso a la reparación cuando el daño está probado y existe un referente objetivo y razonable para liquidarlo. Caso propio · Infante de marina regular · Chocó Un conscripto descansaba dentro de la base cuando un grupo armado ilegal atacó el recinto y recibió un impacto de arma de fuego. La entidad alegó hecho de un tercero; el juzgado lo rechazó por la posición de garante del Estado frente al conscripto. Pérdida de capacidad laboral: 10,5% . Radicado: 11001-3343-061-2021-00333-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo de Bogotá, 5 de diciembre de 2023 Perjuicios materiales: $32.439.604 · Daño a la salud: 10 SMLMV · Morales: 80 SMLMV Cómo se traduce el porcentaje en dinero El porcentaje opera en dos frentes. En el daño a la salud , ubica el caso en la tabla de la sentencia de unificación de 2014. En el lucro cesante , se aplica sobre la renta base: si un soldado tiene una pérdida del 10,5%, se indemniza ese 10,5% del ingreso proyectado durante su vida laboral probable. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Puedo pedir que me hagan la junta médico laboral después de salir? Sí, puede solicitarse a la fuerza correspondiente. Si no se realiza o el resultado no refleja las secuelas, cabe aportar un dictamen médico privado en el proceso. ¿Sirve la calificación de una EPS o de la junta regional de invalidez? Para el régimen de la Fuerza Pública se aplican el Decreto 094 de 1989 y el Decreto 1796 de 2000. Una calificación bajo el manual civil no es equivalente, aunque el juez puede valorarla como prueba junto con las demás. ¿Un porcentaje bajo hace inviable el caso? No. Determina el monto, no la procedencia. Un 10,5% ha dado lugar a condenas superiores a $130 millones sumando todos los rubros y a los familiares. Contenido relacionado Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Lucro cesante para militares lesionados Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Decreto 094 de 1989 (tablas de valoración de la capacidad laboral en la Fuerza Pública). Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/leishmaniasis-servicio-militar ============================================================================== Leishmaniasis contraída en el servicio militar: ¿se puede demandar al Estado? Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Leishmaniasis en el servicio Leishmaniasis contraída en el servicio militar: sí se puede demandar Es uno de los casos que más ganamos y, al mismo tiempo, uno de los que más se quedan sin reclamar. La razón es una creencia equivocada: que una enfermedad es mala suerte y no da lugar a indemnización. Por qué una enfermedad sí genera responsabilidad La leishmaniasis se transmite por la picadura de un insecto vector presente en zonas selváticas y rurales determinadas. Un soldado que presta el servicio militar obligatorio no elige dónde lo destinan: fue el Estado quien lo puso en la zona endémica, en cumplimiento de una carga que le impuso. Por eso la enfermedad contraída en esas condiciones se analiza bajo la misma lógica que una lesión física: es un daño derivado de la ejecución de una carga pública que el ciudadano no tenía el deber de soportar. Lo que hemos logrado en estos casos Hemos obtenido indemnizaciones superiores a $100 millones en casos de leishmaniasis contraída durante el servicio. Son tantas las sentencias favorables que no las publicamos una a una. Las secuelas que sí se indemnizan La leishmaniasis cutánea deja cicatrices que pueden ser extensas y desfigurantes; la mucocutánea puede comprometer tabique nasal, paladar y faringe. A ello se suman las secuelas del tratamiento con antimoniales, que puede tener efectos cardíacos, hepáticos y pancreáticos. Todo eso se traduce en un porcentaje de pérdida de capacidad laboral y, con él, en daño a la salud y lucro cesante. Las secuelas estéticas se indemnizan dentro del daño a la salud, que el Consejo de Estado unificó como categoría única en lugar de dividirlo en daño estético, sexual o relacional. Qué necesitas reunir Historia clínica con el diagnóstico y el tratamiento recibido Informe administrativo o constancia de la unidad sobre la zona de operaciones Certificado de tiempo de servicio que acredite las fechas Fotografías de las secuelas, si las hay Acta de junta médico laboral, si se realizó El reloj corre igual Dos años desde los hechos. En enfermedades, la discusión sobre desde cuándo se cuenta puede ser más compleja que en una lesión traumática — razón de más para no dejarlo para después. Cómo se cuenta el plazo → ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes Me curaron la leishmaniasis, ¿aún puedo reclamar? Sí. Lo que se indemniza son las secuelas y el daño sufrido, no la enfermedad activa. Las cicatrices y las afectaciones derivadas del tratamiento se valoran en el porcentaje de pérdida de capacidad laboral. ¿Y si el Ejército me dio el tratamiento? Haber recibido tratamiento no extingue el derecho a la reparación. Son cosas distintas: la atención en salud es un deber de la institución; la indemnización repara el daño. ¿Sirve si era soldado profesional? Es posible, pero por la vía de la falla del servicio: habría que probar que la institución omitió medidas de prevención o de protección exigibles en zona endémica. Contenido relacionado Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Pérdida de capacidad laboral: cómo se califica y para qué sirve Los 2 años para demandar: caducidad de la reparación directa Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Fuentes y fundamento normativo Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Constitución Política de Colombia, artículo 216 (servicio militar obligatorio). Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Accidentes en el servicio Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/accidente-servicio-militar ============================================================================== Accidentes durante el servicio militar: cuándo responde el Estado | Defensoría Fuerza Pública Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Accidentes en el servicio Accidentes durante el servicio militar: cuándo responde el Estado No todos los daños ocurren en combate. La mayoría de los casos que llegan a nuestra firma son accidentes: una caída en un entrenamiento, una fractura en una marcha, un accidente de tránsito en un traslado, la manipulación de armamento. Los accidentes más frecuentes Caídas y fracturas durante entrenamientos, marchas o pistas de obstáculos Accidentes de tránsito en traslados de personal Manipulación de armamento y accidentes con munición Artefactos explosivos y minas antipersonal Lesiones auditivas por exposición a ruido de impacto Accidentes en actividades de servicio ajenas al combate La clave: que haya ocurrido durante la prestación del servicio Para el conscripto no hace falta probar que alguien fue negligente. Basta acreditar que el daño se produjo mientras cumplía la carga que el Estado le impuso. Incluso descansando dentro de la base: en un caso nuestro, el soldado estaba en una hamaca cuando ocurrió el hecho, y el Estado fue condenado. Cuando además hubo falla del servicio Si se prueba que la institución actuó mal, el caso se fortalece y abre la puerta a quienes no son conscriptos. Ejemplos que hemos litigado: enviar una tropa a zona minada sin el equipo de explosivos y demoliciones , o sin el material de armamento necesario. Caso propio · Sentencia de unificación Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado. Se probó la falla del servicio: la tropa salió sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones pese a conocerse la presencia de artefactos. El Consejo de Estado aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional . Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) Despacho: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025 Lucro cesante: $1.418.779.422 · Morales: 650 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Qué hacer desde hoy Solicita copia del informe administrativo por lesiones a tu unidad. Pide tu historia clínica completa, incluidas las atenciones posteriores al hecho. Guarda incapacidades, fórmulas, órdenes de remisión y epicrisis. Consigue el certificado de tiempo de servicio . Reúne los registros civiles de tus padres y hermanos: ellos también son parte del reclamo. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes Me accidenté en un permiso, ¿cuenta? Depende. La jurisprudencia ha analizado casos ocurridos en traslados entre el lugar de residencia y el de servicio. Es un punto que debe revisarse con los documentos en mano, porque ahí sí importa la clasificación del hecho. No me dieron copia del informe de lesiones, ¿qué hago? Puede solicitarse por derecho de petición a la unidad. También suele obtenerse dentro del proceso mediante oficio del juzgado. No tenerlo hoy no impide iniciar. ¿Sirve si el accidente fue mi culpa? La culpa exclusiva de la víctima puede exonerar o reducir la responsabilidad, pero se valora con rigor y debe probarla la entidad. Conviene revisar el caso antes de descartarlo por cuenta propia. Contenido relacionado Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Reparación directa para soldados conscriptos Pérdida de capacidad laboral: cómo se califica y para qué sirve Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 17543 (títulos de imputación aplicables a soldados conscriptos). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Caducidad: los dos años Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/caducidad-reparacion-directa ============================================================================== Caducidad de la reparación directa: los 2 años para demandar al Estado Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Caducidad: los 2 años Los dos años para demandar al Estado: cómo se cuenta la caducidad Es el motivo número uno por el que rechazamos casos. No porque sean débiles, sino porque llegaron tarde. Vencido el plazo, el derecho se pierde sin importar la gravedad de la lesión ni lo clara que sea la responsabilidad. La regla El artículo 164 del CPACA dispone que la demanda de reparación directa debe presentarse dentro de los dos años contados a partir del día siguiente al de la ocurrencia de la acción u omisión causante del daño, o de cuando el demandante tuvo o debió tener conocimiento de él si fue en momento distinto. Caducidad no es lo mismo que prescripción La caducidad es un plazo objetivo que el juez declara de oficio. No se interrumpe por reclamaciones ante la entidad, ni por derechos de petición, ni por trámites administrativos. Lo único que suspende el conteo La solicitud de conciliación extrajudicial ante la Procuraduría suspende el término mientras se tramita, hasta que se expida la constancia respectiva o se logre el acuerdo. Como es requisito de procedibilidad, en casos cercanos al límite puede ser determinante presentarla a tiempo. Desde cuándo se cuenta en lesiones y enfermedades En una lesión traumática, el punto de partida suele ser evidente: el día del hecho. En enfermedades de aparición progresiva —o cuando las secuelas se conocen tiempo después— la discusión es más compleja y puede girar en torno al momento en que el afectado conoció el daño, por ejemplo con la calificación de pérdida de capacidad laboral. Es un terreno donde no conviene improvisar: si tu caso está cerca del límite o crees que ya venció, vale la pena que alguien revise las fechas antes de darlo por perdido. Un caso real de nuestra firma Hechos del 15 de agosto de 2021, demanda radicada el 16 de diciembre de 2021, previa conciliación extrajudicial solicitada en octubre. El juzgado declaró expresamente que la caducidad no había operado. Radicado 11001-3343-061-2021-00333-00 Si ya pasaron más de dos años Seremos francos: en la inmensa mayoría de los casos no hay nada que hacer, y preferimos decírtelo de una vez antes que hacerte perder tiempo. Existen discusiones sobre el cómputo en supuestos particulares, pero son la excepción, no la regla. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes Presenté quejas y derechos de petición al Ejército, ¿eso detuvo el plazo? No. Solo la solicitud de conciliación extrajudicial ante la Procuraduría suspende el término de caducidad. Los trámites ante la entidad no lo interrumpen. ¿El plazo corre igual para mis padres? Sí. La caducidad aplica al medio de control, de modo que alcanza a todos los demandantes, incluidos los familiares que reclaman perjuicios morales. Me desacuartelaron después del accidente, ¿desde cuándo cuento? Como regla, desde el hecho dañoso, no desde el desacuartelamiento. Si el conocimiento del daño fue posterior, el análisis cambia y debe revisarse con los documentos. Contenido relacionado Reparación directa para soldados conscriptos Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Leishmaniasis contraída en el servicio militar Accidentes durante el servicio militar Fuentes y fundamento normativo Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 164 numeral 2 literal i (caducidad de la reparación directa). Ley 1437 de 2011 (CPACA), artículo 140 (medio de control de reparación directa). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/lucro-cesante-militares ============================================================================== Lucro cesante para militares lesionados: cómo se calcula | Defensoría Fuerza Pública Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Lucro cesante Lucro cesante para militares lesionados: cómo se calcula En lesiones graves es el rubro más alto de la condena, y con diferencia. Representa lo que la víctima dejará de percibir durante el resto de su vida laboral a causa de la disminución de su capacidad. Las dos mitades El lucro cesante se divide en dos períodos que se liquidan por separado y luego se suman: Consolidado (o pasado): desde el hecho —o desde la desvinculación— hasta la fecha de la sentencia. Futuro: desde la sentencia hasta el fin de la vida laboral probable de la víctima. La renta base Se toma el ingreso acreditado. Cuando no se prueba ingreso —lo habitual en un conscripto que aún no había trabajado— los jueces presumen que una persona en edad productiva devenga al menos el salario mínimo . A esa base se le suma un 25% por prestaciones sociales y se le aplica el porcentaje de pérdida de capacidad laboral. Ejemplo de una liquidación real Salario mínimo + 25% de prestaciones, multiplicado por una pérdida de capacidad del 10,5%, dio una renta mensual de $152.250. Aplicadas las fórmulas de consolidado y futuro, el total ascendió a $32.439.604 . Radicado 11001-3343-061-2021-00333-00 Las fórmulas Se emplean fórmulas de matemática financiera aceptadas por la jurisprudencia, con una tasa de interés puro del 0,004867 mensual. Para el consolidado se usa la renta periódica acumulada; para el futuro, la renta periódica esperada, descontada a valor presente. El número de meses del período futuro se toma de las tablas de vida probable adoptadas por la Superintendencia Financiera. La regla que cambió el panorama en 2025 Caso propio · Sentencia de unificación Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado. Se probó la falla del servicio: la tropa salió sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones pese a conocerse la presencia de artefactos. El Consejo de Estado aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional . Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) Despacho: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025 Lucro cesante: $1.418.779.422 · Morales: 650 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV En ese caso, el Consejo de Estado unificó que la indemnización del lucro cesante puede acumularse con la pensión de invalidez , sin descuento ni exclusión. Antes, algunas decisiones descontaban lo recibido por pensión, reduciendo drásticamente las condenas. Hoy esa regla obliga a todos los jueces del país. Ver el análisis completo de la sentencia → Cuando el monto es alto conviene un actuario En casos con porcentajes elevados de pérdida de capacidad e ingresos acreditados, la liquidación se encarga a un actuario. En un caso nuestro, con una pérdida del 92,99%, la cuantificación del lucro cesante consolidado y futuro ascendió a $2.702.005.949 . ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Me descuentan lo que recibo por pensión de invalidez? No. Desde la sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025, obtenida por nuestra firma, el lucro cesante se acumula con la pensión de invalidez sin descuento. Yo nunca había trabajado, ¿igual me liquidan lucro cesante? Sí. A falta de prueba del ingreso, se presume el salario mínimo legal vigente como renta base, incrementado en un 25% por prestaciones sociales. ¿Hasta qué edad se proyecta? Hasta la vida probable de la víctima según las tablas oficiales, descontando el período ya consolidado. En víctimas jóvenes, eso explica que las cifras sean tan altas. Contenido relacionado Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Pérdida de capacidad laboral: cómo se califica y para qué sirve Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 Casos ganados con radicado verificable Fuentes y fundamento normativo Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025, expediente 66841. Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/sentencia-unificacion-ce-suj-3-002-2025 ============================================================================== Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025: lucro cesante y pensión de invalidez Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Sentencia CE-SUJ-3-002-2025 Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025: el lucro cesante se acumula con la pensión El 26 de noviembre de 2025, la Sección Tercera del Consejo de Estado profirió una sentencia de unificación que fijó una regla obligatoria para todos los jueces del país. El caso que dio origen a esa unificación es de nuestra firma. El caso que la originó Caso propio · Sentencia de unificación Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado. Se probó la falla del servicio: la tropa salió sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones pese a conocerse la presencia de artefactos. El Consejo de Estado aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional . Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) Despacho: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025 Lucro cesante: $1.418.779.422 · Morales: 650 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Qué se discutía Cuando un militar queda inválido a causa del servicio, recibe una pensión de invalidez de su régimen especial. La pregunta era si esa pensión debía descontarse de la indemnización por lucro cesante, bajo el argumento de que lo contrario supondría un doble pago por el mismo hecho. Algunas decisiones descontaban el valor de la pensión, lo que reducía drásticamente la condena. Otras sostenían que se trataba de fuentes distintas y no compensables. Esa divergencia era la que había que resolver. La regla unificada La indemnización del lucro cesante puede acumularse con la pensión de invalidez , sin descuento ni exclusión. Son prestaciones de naturaleza y fuente distintas: la pensión deriva del régimen prestacional; la indemnización, de la responsabilidad patrimonial del Estado por el daño causado. Por qué importa una sentencia de unificación Las sentencias de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado no resuelven solo el caso concreto: fijan el criterio que deben seguir los jueces en asuntos semejantes. Tienen además efectos en la extensión de jurisprudencia a terceros prevista en el CPACA. Dos tribunales ya la han aplicado en casos nuestros El Tribunal Administrativo del Caquetá la citó expresamente —por su número de expediente, en nota al pie de su propio fallo— al resolver la acumulación del lucro cesante con la pensión, y condenó al Ejército. Caso propio · Oficial · Mina antipersonal Un teniente activó una mina antipersonal y quedó con una pérdida de capacidad laboral del 92,99% . El juzgado de primera instancia negó todas las pretensiones. Apelamos y el Tribunal Administrativo del Caquetá revocó y condenó. Radicado: 18-001-23-40-004-2017-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo del Caquetá, Sentencia 062 del 6 de mayo de 2026 Lucro cesante: $2.702.005.949 · Morales: 800 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV El Tribunal Administrativo de Cundinamarca la invocó igualmente en otro proceso nuestro, al modificar al alza la sentencia de primera instancia. Radicado 11001-33-36-036-2021-00209-01 Qué significa para tu caso Si eres militar pensionado por invalidez a causa del servicio y te dijeron que la pensión "absorbe" cualquier indemnización, esa afirmación ya no se sostiene. Y si tu proceso está en curso, es un argumento que hoy tiene respaldo obligatorio. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Aplica a procesos que ya están en curso? Las reglas de unificación se aplican por los jueces al decidir asuntos semejantes. Si su proceso está pendiente de fallo, es un argumento invocable. ¿Aplica a soldados conscriptos o solo a oficiales? La regla se refiere a la relación entre lucro cesante y pensión de invalidez, sin distinguir por grado. Lo que cambia según el grado es el título de imputación de la responsabilidad. ¿Dónde puedo leer la sentencia completa? En la relatoría del Consejo de Estado, buscando el expediente 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) o la referencia CE-SUJ-3-002-2025. Contenido relacionado Lucro cesante para militares lesionados Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Casos ganados con radicado verificable Reparación directa para soldados conscriptos Fuentes y fundamento normativo Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025, expediente 66841. Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/casos-ganados ============================================================================== Casos ganados contra el Ministerio de Defensa: radicados verificables | Defensoría Fuerza Pública Defensa legal · Fuerza Pública Defensoría Fuerza Pública Nosotros Inicio › Casos ganados Casos ganados, con radicado para que los verifiques Cualquiera puede escribir cifras en una página web. Por eso publicamos el número de radicado de cada proceso: con él puedes consultarlo en el sistema de la Rama Judicial, leer la sentencia y comprobar que existe. Hemos ganado más de 100 casos contra el Ministerio de Defensa. Estos seis están publicados con su identificación completa. Caso propio · Oficial · Mina antipersonal Un teniente activó una mina antipersonal y quedó con una pérdida de capacidad laboral del 92,99% . El juzgado de primera instancia negó todas las pretensiones. Apelamos y el Tribunal Administrativo del Caquetá revocó y condenó. Radicado: 18-001-23-40-004-2017-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo del Caquetá, Sentencia 062 del 6 de mayo de 2026 Lucro cesante: $2.702.005.949 · Morales: 800 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Caso propio · Sentencia de unificación Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado. Se probó la falla del servicio: la tropa salió sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones pese a conocerse la presencia de artefactos. El Consejo de Estado aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional . Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841) Despacho: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025 Lucro cesante: $1.418.779.422 · Morales: 650 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Soldado profesional · Artefacto explosivo La misma falla del servicio probada por segunda vez: la tropa salió sin el equipo de explosivos y demoliciones completo. El juzgado accedió parcialmente; apelamos y el Tribunal modificó la sentencia al alza, citando nuestra propia sentencia de unificación. Radicado: 11001-33-36-036-2021-00209-01 Despacho: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, 14 de agosto de 2026 Lucro cesante: $372.988.422 · Morales: 700 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV Soldado conscripto · Sentencia en 19 meses Demanda presentada en mayo de 2022, sentencia favorable en diciembre de 2023. Un recordatorio de que estos procesos no siempre son eternos. Radicado: 11001-3343-061-2022-00130-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo de Bogotá, 1 de diciembre de 2023 Perjuicios materiales: $66.222.566 · Daño a la salud: 20 SMLMV · Morales: 80 SMLMV Caso propio · Infante de marina regular · Chocó Un conscripto descansaba dentro de la base cuando un grupo armado ilegal atacó el recinto y recibió un impacto de arma de fuego. La entidad alegó hecho de un tercero; el juzgado lo rechazó por la posición de garante del Estado frente al conscripto. Pérdida de capacidad laboral: 10,5% . Radicado: 11001-3343-061-2021-00333-00 Despacho: Juzgado 61 Administrativo de Bogotá, 5 de diciembre de 2023 Perjuicios materiales: $32.439.604 · Daño a la salud: 10 SMLMV · Morales: 80 SMLMV Soldado conscripto · Segunda instancia El juzgado reconoció la responsabilidad pero liquidó por debajo de lo que correspondía. Apelamos y el Tribunal modificó los montos para aplicar la totalidad del porcentaje de pérdida de capacidad acreditado (26,96%), además de condenar en costas a la entidad. Radicado: 11001-33-43-060-2021-00109-01 Despacho: Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, 27 de enero de 2023 Lucro cesante: $15.601.066 consolidado + $77.560.182 futuro · Moral: 40 SMLMV · Daño a la salud: 40 SMLMV Leishmaniasis: el volumen que no cabe en esta lista Es uno de los casos que más ganamos y también uno de los que más se quedan sin reclamar. Las sentencias favorables son tantas que no las publicamos una a una; en estos casos hemos obtenido indemnizaciones superiores a $100 millones . Ver la guía completa → Somos abogados, no hacemos milagros. A veces los casos se pierden. Cada caso depende de sus circunstancias y pruebas, y los resultados publicados no garantizan resultados futuros. De hecho, el primer caso de esta página lo perdimos en primera instancia: solo lo ganamos porque apelamos. ¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso. Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo · no pagas si perdemos Preguntas frecuentes ¿Cómo consulto un radicado? En el sistema de consulta de procesos de la Rama Judicial, ingresando el número de radicación de 23 dígitos. También puede consultarse en la relatoría del Consejo de Estado cuando se trata de sentencias de esa corporación. ¿Por qué no aparecen los nombres de los clientes? Por respeto a su privacidad. Publicamos los datos del proceso, no los de las personas. ¿Cuánto cobran? Nada por adelantado. Asumimos el 100% de los gastos del proceso y cobramos un porcentaje solo si el caso se gana. Contenido relacionado Sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 Cuánto paga el Estado por una lesión en el servicio militar Lesiones durante el servicio militar: qué derechos tienes Leishmaniasis contraída en el servicio militar Fuentes y fundamento normativo Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025, expediente 66841. Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 28 de agosto de 2014, expediente 31172 (tasación de perjuicios morales y daño a la salud). Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado). Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate). Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros. © Defensoría Fuerza Pública · Privacidad · Términos Evaluar mi caso gratis → 2 preguntas · 1 minuto · sin costo Seguir leyendo Lesiones durante el servicio militar Indemnización por lesión en el servicio Reparación directa para conscriptos Pérdida de capacidad laboral militar Leishmaniasis en el servicio militar Accidentes en el servicio Última revisión de esta guía: 2026-09-20. La revisa Jorge Andrés Peña Solórzano, abogado, tarjeta profesional 264.866 del Consejo Superior de la Judicatura. ============================================================================== ## https://defensoriafuerzapublica.com/nosotros.html ============================================================================== Nosotros – Defensoría Fuerza Pública ⚖️ Asesoría Legal Militar Defensoría Fuerza Pública Casos ganados Nosotros Defendemos a quienes sirvieron a Colombia Somos una firma de abogados especializada en la defensa de los derechos de los miembros de la fuerza pública, con énfasis en conscriptos : soldados regulares, infantes de marina y auxiliares de Policía e Inpec que resultaron lesionados o enfermos durante su servicio militar obligatorio. 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