Accidentes durante el servicio militar: cuándo responde el Estado
No todos los daños ocurren en combate. La mayoría de los casos que llegan a nuestra firma son accidentes: una caída en un entrenamiento, una fractura en una marcha, un accidente de tránsito en un traslado, la manipulación de armamento.
Los accidentes más frecuentes
- Caídas y fracturas durante entrenamientos, marchas o pistas de obstáculos
- Accidentes de tránsito en traslados de personal
- Manipulación de armamento y accidentes con munición
- Artefactos explosivos y minas antipersonal
- Lesiones auditivas por exposición a ruido de impacto
- Accidentes en actividades de servicio ajenas al combate
Cuando además hubo falla del servicio
Si se prueba que la institución actuó mal, el caso se fortalece y abre la puerta a quienes no son conscriptos. Ejemplos que hemos litigado: enviar una tropa a zona minada sin el equipo de explosivos y demoliciones, o sin el material de armamento necesario.
Un subteniente, comandante de compañía, activó un artefacto explosivo improvisado. Se probó la falla del servicio: la tropa salió sin el acompañamiento del equipo de explosivos y demoliciones pese a conocerse la presencia de artefactos. El Consejo de Estado aprovechó el caso para unificar la jurisprudencia nacional.
- Radicado: 25000-23-36-000-2017-00011-01 (66841)
- Despacho: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación CE-SUJ-3-002-2025 del 26 de noviembre de 2025
- Lucro cesante: $1.418.779.422 · Morales: 650 SMLMV · Daño a la salud: 100 SMLMV
Qué hacer desde hoy
- Solicita copia del informe administrativo por lesiones a tu unidad.
- Pide tu historia clínica completa, incluidas las atenciones posteriores al hecho.
- Guarda incapacidades, fórmulas, órdenes de remisión y epicrisis.
- Consigue el certificado de tiempo de servicio.
- Reúne los registros civiles de tus padres y hermanos: ellos también son parte del reclamo.
¿Tu caso encaja con lo que acabas de leer? Averígualo en un minuto, sin costo y sin compromiso.
Evaluar mi caso gratis →Preguntas frecuentes
Me accidenté en un permiso, ¿cuenta?
No me dieron copia del informe de lesiones, ¿qué hago?
¿Sirve si el accidente fue mi culpa?
Contenido relacionado
- Decreto 1796 de 2000, artículo 24 (clasificación de las lesiones: en el servicio, por causa y razón del servicio, o por combate).
- Constitución Política de Colombia, artículo 90 (responsabilidad patrimonial del Estado).
- Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 17543 (títulos de imputación aplicables a soldados conscriptos).
Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica para un caso concreto. Somos abogados, no hacemos milagros: cada caso depende de sus propias circunstancias y pruebas, y los resultados pasados no garantizan resultados futuros.